
Profesora.
David contra Goliat: batalla de una funcionaria en Murcia contra la Administración por no darle vacaciones
La funcionaria había estado de baja y demandó considerando que no darle vacaciones vulnera sus derechos fundamentales y es un trato discriminatorio.
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Una profesora en Murcia estuvo de baja médica y, por ello, no pudo disfrutar de sus vacaciones en 2024. A finales de ese año, solicitó los días de descanso que le correspondían.
Sin embargo, la Administración, para la que trabajaba como funcionaria de la Consejería de Educación y Formación Profesional en Murcia, le denegó la petición y, en su lugar, le concedió los 22 días hábiles de vacaciones para julio de 2025.
Ante esta decisión, la profesora presentó una demanda alegando que la Administración había vulnerado sus derechos fundamentales a la igualdad y a la no discriminación. Así, el caso llegó al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Murcia.
Análisis del Juzgado
La profesora se amparó en el artículo 14 de la Constitución Española, que establece que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Por su parte, la Administración no ofreció ningún motivo para denegarle las vacaciones, lo que la Sala determinó como “una discriminación injustificada”.
Además, en una sentencia previa, el Ministerio Fiscal recordó que las vacaciones anuales retribuidas forman parte del núcleo irrenunciable de los derechos propios de un Estado Social y que cualquier restricción a este derecho debe estar justificada por razones legítimas.
La Administración tampoco argumentó que existieran motivos laborales o razones de servicio desde mediados de octubre que justificaran su decisión. “Esto refuerza la idea de que la negativa a concederlas es arbitraria y discriminatoria”, según la Sala.
Fallo del Juzgado
Tras analizar los argumentos, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Murcia decidió estimar parcialmente la demanda de la profesora.
Se habla de una estimación 'parcial' porque, aunque se reconoce su derecho a disfrutar de las vacaciones, el juzgado determinó que la actuación de la Administración no constituye una vulneración del derecho a la integridad moral de la docente.
Así, la sentencia establece que la profesora tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas de manera inmediata, una vez que la resolución sea firme.
No obstante, esta decisión no es definitiva, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.