Delcaración de la Renta para los autónomos.

Delcaración de la Renta para los autónomos.

Sociedad

Atención autónomos: este es el requisito para deducirte tus gastos en la declaración de la Renta y que te salga a devolver

La Agencia Tributaria permite que los trabajadores por cuenta propia se puedan desgravar la cuota de autónomos.

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Los autónomos en España realizan grandes esfuerzos para salir adelante. Su condición de trabajadores por cuenta propia les hace depender constantemente de sí mismos y mover tierra y aire para encontrar clientes.

Además, tienen que pagar mensualmente la cuota de autónomos, que aumenta en función de los ingresos mensuales, pero que como mínimo oscila entre los 200 y 300 euros.

Precisamente esta semana arranca la campaña de la Renta 2024-2025, en la que miles de contribuyentes tienen que declarar ante Hacienda los ingresos obtenidos en el año anterior. La Agencia Tributaria permite a los autónomos acogerse a una serie de deducciones que explicamos en las siguientes líneas.

Cuota de autónomos

Según el manual de Hacienda, los autónomos pueden desgravarse una serie de gastos en la declaración que les reduzca su "rendimiento neto" sujeto a impuestos. Según Marc Fargas, el gerente del grupo BLegal, los autónomos pueden "deducir sus aportaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)". Es decir, las cuotas que hayan pagado cada mes.

Para ello deben cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, que esté vinculado a la actividad económica desarrollada y esté correctamente justificado. En segundo lugar, que la cuota esté registrada en los libros de registro y, finalmente, que el trabajador esté dado de alta en RETA y que pague la cuota de autónomos todos los meses.

Una contingencia que puede ocurrir en este contexto es que, por alguna razón, sea la empresa la que pague la cuota. Si esto ocurre, "solo se puede aplicar la deducción si la empresa repercute la cuota al trabajador de algún modo", explica Fargas.

Asimismo, existen otras deducciones a las que se pueden acoger los trabajadores por cuenta propia. Siempre y cuando sean gastos derivados directamente de la actividad profesional, se pueden desgravar.

Por ejemplo, la compra de materias primas, los gastos de luz, agua e internet si se trabaja desde casa, los gastos en formación, de manutención y los gastos asociados al vehículo en el caso de taxistas o transportistas.

En este sentido, en un caso hipotético, un autónomo que tiene unos ingresos anuales de 25.000 euros, que paga 3.600 euros en cuotas de autónomo (300 al mes) y tiene 1.000 euros de costes de luz y agua se podrá desgravar 4.800 euros. Es decir que la base imponible definitiva, la cantidad sobre la que se van a pagar impuestos, se reduce a 20.200 euros.