
Una señora contando dinero
Confirmado por la Seguridad Social: ayuda de 658 euros para los gallegos que cumplan este requisito
La Seguridad Social cuenta con diferentes ayudas económicas que pueden cobrar los gallegos, en función de sus circunstancias
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El aumento del coste de la vida ha tenido un impacto significativo en la capacidad adquisitiva de muchas personas. Por este motivo, las ayudas sociales desempeñan un papel fundamental en determinados grupos más vulnerables. La Seguridad Social cuenta con diferentes ayudas económicas que pueden cobrar los gallegos, en función de sus circunstnacias. Un ejemplo perfecto es la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda de al menos 658,81 euros al mes dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Se trata de una prestación que busca garantizar la mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Ingreso Mínimo Vital: requisitos y cuantías
Según las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 2024, el IMV beneficia a 2.050.000 personas que conviven en 674.00 hogares. La medida se introdujo en 2020 por Real Decreto-ley, en un contexto de necesidad a consecuencia de la pandemia de la Covid-19. En 2021 se consolidó la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
Además de los criterios económicos, los beneficiarios del IMV deben cumplir una serie de requisitos, como en cualquier otra ayuda o subsidio, que varían si se solicita de forma individual o como representante de una unidad de convivencia. Estas son las condiciones básicas a cumplir para percibir la ayuda de al menos 658,81 euros al mes:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica
- Que la unidad de convivencia (matrimonio, pareja de hecho o convivencia) esté formada, al menos, desde hace seis meses
La cuantía del IMV es la diferencia entre la renta garantizada y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. La renta garantizada se establece como una cantidad anual dividida en 12 pagas. En 2025 se ha incrementado un 9%, lo que supone una ayuda de 7.905,72 euros al año (658,81 euros al mes) para un beneficiario individual. En el caso de una unidad de convivencia, se incrementa en un 30% por cada miembro adicional.
Así quedarían las cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2025:
1 | 2 | 3 | 4 | 5+ | |
Renta garantizada | 7.905,52 euros anuales (658,81 euros al mes) | 10.277,52 euros anuales (856,46 euros al mes) | 12.649,20 euros anuales (1.054,10 euros al mes) | 15.021 euros anuales (1.251,75 euros al mes) | 17.392,68 euros anuales (1.449,39 euros al mes) |
y complemento de... | |||||
discapacidad | 9.645 euros anuales (803,75 euros) | 12.016,80 euros anuales (1.001,40 euros al mes) | 14.388,48 euros anuales (1.199,04 euros al mes) | 16.760,28 euros anuales (1.396,69 euros al mes) | 19.131,96 euros anuales (1.594,33 euros al mes) |
monoparentalidad | 12.016,80 euros anuales (1.001,40 euros al mes) | 14.388,48 euros anuales (1.199,04 euros al mes) | 16.760,28 euros anuales (1.396,69 euros al mes) | 19.131,96 euros anuales (1.594,33 euros al mes) | |
monoparentalidad y discapacidad | 13.756,08 euros anuales (1.146,34 euros al mes) | 16.127,76 euros anuales (1.343,98 euros al mes) | 18.499,56 euros anuales (1.541,63 euros al mes) | 20.871,24 euros anuales (1.739,27 euros al mes) |
Además de las cuantías indicadas se abonará un complemento mensual de ayuda para la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia. Para menores de 3 años corresponde 115 euros; para mayores de 3 años y menores de 6 años, serán 80,50 euros, y para quienes tengan entre 6 y 18 años, la ayuda será de 57,50 euros.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
La ayuda de Ingreso Mínimo Vital (IMV) se puede solicitar por Internet, con certificado electrónico o Cl@ve, a través la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o bien mediante el formulario especialmente habilitado para ello. De forma presencial, en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social. Durante el proceso de solicitud se le requerirán varios documentos que acrediten aspectos como la identidad, residencia, situación familiar o económica.