
Persona mayor rellenando un formulario
¿Eres mutualista jubilado y pagaste de más? Hacienda ya permite pedir la devolución con este formulario
Miles de jubilados que cotizaron a mutualidades antes de 1979 podrán reclamar la devolución del IRPF pagado de más.
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Cada año, la campaña de la Renta trae consigo no solo la obligación de declarar, sino también oportunidades para ajustar situaciones fiscales injustas del pasado.
En los últimos años, se ha evidenciado un creciente esfuerzo por parte de la Administración para corregir errores de tributación histórica, especialmente aquellos que afectan a colectivos vulnerables como los jubilados.
Uno de los casos más significativos ha sido el de las aportaciones realizadas en su día a antiguas mutualidades laborales, que dieron lugar a una doble tributación indebida.
Una corrección fiscal esperada
Este año, la Agencia Tributaria ha dado un paso importante al habilitar un procedimiento claro y simplificado para que miles de pensionistas puedan recuperar lo que tributaron de más.
La medida, esperada por muchos y reclamada por sindicatos y asociaciones de jubilados, pone fin a años de incertidumbre sobre cómo y cuándo se devolverían estos importes. A continuación, te contamos en qué consiste este nuevo procedimiento y cómo acogerse a él.
A partir del 2 de abril de 2025, todos los jubilados que hayan recibido pensiones derivadas de aportaciones a mutualidades profesionales en décadas pasadas (particularmente en los años 60 y 70) podrán solicitar de forma directa la devolución del IRPF pagado en exceso.
Según estimaciones de CCOO, entre dos y tres millones de personas se han visto afectadas por esta situación, con un importe global reclamado que ronda los 4.000 millones de euros.
El origen del problema radica en que estas aportaciones ya fueron tributadas en su momento, por lo que aplicarles nuevamente el IRPF en el momento de cobro de la pensión constituía una doble imposición.
El Tribunal Supremo reconoció esta irregularidad, lo que abrió la puerta a una devolución que Hacienda comenzó a aplicar parcialmente en la Renta 2023. No obstante, las solicitudes restantes quedaron en suspenso a la espera de una solución definitiva.

Mutualistas jubilados se concentran en Valladolid
Y después de mucho tiempo de espera, esa solución ya ha llegado. Gracias a la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda (DT2) de la Ley del IRPF, el Gobierno ha confirmado que los jubilados podrán recuperar en un solo pago, en 2025, todas las cantidades correspondientes a ejercicios no prescritos (de 2019 a 2022 y anteriores, si procede).
Un procedimiento automatizado y accesible
Una de las principales novedades es que el cálculo de este ajuste se aplicará de manera automática en la declaración de la Renta 2024 y en las siguientes. Si la Agencia Tributaria ya dispone de toda la información del contribuyente, este verá reflejada la reducción en sus datos fiscales bajo el concepto “Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF”.
Para quienes aún no hayan tramitado su devolución, Hacienda ha habilitado un formulario específico accesible desde su sede electrónica.
"Con la finalidad de aplicar lo establecido en la disposición transitoria segunda... en la declaración de Renta de 2024 se van a calcular ajustes sobre las pensiones de jubilación o invalidez", señala la Agencia Tributaria.
Este formulario permite solicitar la devolución íntegra correspondiente a los ejercicios no prescritos de forma sencilla. Solo es necesario identificarse con Cl@ve, DNI electrónico, certificado digital o número de referencia, además de proporcionar una cuenta bancaria y un número de teléfono. En caso de actuar en nombre de otra persona, se requiere apoderamiento o autorización por colaboración social.
Ayuda telefónica y presencial para los pensionistas
Dada la magnitud de las devoluciones y el número de personas involucradas, Hacienda ha puesto a disposición de los contribuyentes un sistema de atención reforzado, que incluye asistencia telefónica, cita previa presencial y una sección específica dentro de Renta Web.
Los interesados pueden llamar al teléfono 91 889 81 46 (de lunes a viernes, de 9 a 14 h) o concertar una cita llamando al 91 290 13 40 (de lunes a viernes, de 9 a 19 h). También existe la opción de gestionar todo el proceso de forma online, con asistencia guiada.
¿Y si no se entrega?
En los casos en que un beneficiario no haya solicitado la devolución, Hacienda informará automáticamente con un aviso al acceder al sistema de Renta Web o la app oficial. Este mensaje incluirá un acceso directo al formulario y se mostrará también al consultar los datos fiscales.
Además, aquellos contribuyentes que ya recibieron devoluciones no necesitarán hacer ninguna gestión adicional. Hacienda lo aclara: "Las devoluciones ya abonadas por la Agencia Tributaria no se ven afectadas".

Europa Press Madrid
Este movimiento de la Agencia Tributaria no solo supone una mejora en términos administrativos, sino que representa una corrección moral hacia quienes durante años tributaron en exceso por desconocimiento o falta de regulación clara.
Es un ejemplo de cómo el sistema fiscal, aunque a veces lento, puede adaptarse y rectificar errores cuando hay voluntad institucional.
Los jubilados que hayan sido mutualistas deben, por tanto, prestar atención a esta nueva oportunidad, informarse y acogerse al proceso habilitado, para recuperar lo que les corresponde por derecho.