
Cándido Conde-Pumpido, el pasado 16 de enero al comienzo del pleno del TC./
El TSJ de Madrid pone en un aprieto a Pumpido al pedir al TC la resolución en la que acordó reclamarle su cuestión al TJUE
Una LAJ del TC pidió "a la mayor brevedad posible" todas las actuaciones del Tribunal Superior madrileño relacionadas con las dudas que ha planteado a la Justicia europea sobre una sentencia del Constitucional.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha solicitado al Tribunal Constitucional que le envíe la resolución en la que acordó pedirle todas las actuaciones relacionadas con la cuestión prejudicial que ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El TSJM decidió el pasado 20 de marzo dirigirse a la Corte de Luxemburgo al dudar de que la doctrina del TC sobre el control jurisdiccional de los laudos arbitrales sea compatible con el Derecho comunitario.
La cuestión al TJUE se ha planteado respecto a un fallo que la Sala Primera del Tribunal Constitucional emitió el pasado diciembre. En él se ordenaba al TSJM que dictara una nueva sentencia aplicando la doctrina del TC, lo que el Tribunal Superior de Madrid ha dejado en suspenso en espera de la respuesta de la Justicia europea.
A raíz de la decisión del TSJM y de la situación que ha planteado la Audiencia Provincial de Sevilla -que también ha iniciado los trámites para llevar al TJUE las controvertidas sentencias del TC sobre el fraude de los ERE-, el presidente del Constitucional ha promovido un debate interno para ver la forma de poner coto a lo que considera una 'insubordinación' de los órganos judiciales frente a los pronunciamientos de la Corte de garantías.
El inicial planteamiento de Conde-Pumpido de recurrir a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional adoptando las medidas en ella previstas "en defensa de la jurisdicción" del TC -entre ellas, la eventual anulación de las decisiones de acudir al TJUE tomadas por los órganos judiciales- no es compartido por numerosos magistrados. Entre otras consideraciones, piensan que puede desencadenarse un conflicto con el Tribunal de Luxemburgo, cuya doctrina ampara la autonomía de los jueces para plantear cuestiones prejudiciales.
Todo ello será debatido por el pleno del Tribunal Constitucional la próxima semana. Pero, mientras tanto, el presidente ha querido incorporar formalmente a los expedientes los documentos del TSJM y de la Audiencia de Sevilla que han llegado al TC de manera extraoficial.
"A la mayor brevedad"
De ahí que el secretario del pleno se dirigiera la pasada semana a la Audiencia de Sevilla pidiendo la remisión de la providencia en la que acordo oír a las partes personadas en el caso de los ERE sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial. A lo que la letrada de la Administración de Justicia (LAJ) de la Sala de los ERE contestó pidiendo, a su vez, que el TC "justifique la finalidad o razón de ser" de la solicitud.
Respecto al TSJM, la LAJ de la Sala Primera del TC pidió inicialmente la providencia del pasado 13 de febrero que abrió el trámite de audiencia a las partes. Pero en ese momento el Tribunal Superior de Madrid ya había enviado a Luxemburgo su cuestión prejudicial.
Entonces se recibió en el TSJM un nuevo oficio solicitando que "remita a la mayor brevedad testimonio de todo lo actuado con posterioridad a la providencia de 13 de febrero, incluyéndose los escritos presentados por las partes y el auto" de la cuestión prejudicial.
El TSJM ha dictado una resolución en la que acuerda "cumplimentar la solicitud recibida, una vez se haga llegar a esta Sala testimonio de la resolución del Tribunal Constitucional que sustenta la antedicha petición".
Fuentes del TC señalan que va a ser imposible remitir al TSJM la resolución solicitada, porque no existe. Las peticiones de los secretarios del Tribunal Constitucional fueron cursadas tanto a Sevilla como a Madrid a instancias de Conde-Pumpido, sin el soporte de ningún acuerdo del pleno o de la Sala Primera.
Esta circunstancia le ha sido recriminada por varios miembros del Constitucional al considerar que, de tenerse que adoptar alguna medida en ejecución de las decisiones del TC, correspondía decidirlas a los órganos (pleno o Sala) que las dictaron, sin que el presidente pueda dar pasos unilaterales que ni siquiera comunica previamente al colegio de magistrados.
Para Conde-Pumpido, en cambio, se trataba simplemente de documentar el modo en que los órganos judiciales están ejecutando las sentencias del Constitucional, y para ello son competentes los LAJ.
Pero algunos magistrados sostienen que la sola petición de esa documentación, en un contexto en el que ha trascendido que hay miembros del TC que consideran una "rebelión" plantear cuestiones prejudiciales sobre sentencias de la Corte de Garantías, puede representar una presión indebida a los jueces.